TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XIII - MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Artículo 135
Créase el Subprograma "Vivienda" en el Programa 10.01, cuyo cometido será promover la construcción de viviendas para los funcionarios del Inciso, dentro de las condicionantes requeridas por el artículo 112 de la
Ley Nº 13.728, de 17 de diciembre de 1968 y concordantes, de acuerdo a la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo.