EXPROPIACIONES PARA OBRAS EN RUTAS NACIONALES




Promulgación: 06/11/1970
Publicación: 11/11/1970
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1970
  •    Página: 882
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Las hipotecas, aún inscriptas con anterioridad al decreto de designación, del bien a expropiar, no afectarán el bien expropiado, que 
una vez otorgada la escritura de expropiación o acta notarial, en su 
caso, queda libre de gravamen, recayendo el derecho del acreedor hipotecario sobre la indemnización, que quedará a la orden del acreedor.
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