BOLSA DE TRABAJO. CIERRE DE REGISTRO DE OBREROS DE LA INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 12/08/1971
Publicación: 18/08/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1971
  •    Página: 319

Artículo 1

   Clausúranse los registros de la Bolsa de Trabajo de la Industria
Frigorífica del Interior con los trabajadores vinculados a la misma, al
31 de mayo de 1971.

Artículo 2

   Los Inspectores de las Cajas de Compensaciones por Desocupación en la
Industria Frigorífica creadas por las Leyes N.os 10.562, de 12 de
diciembre de 1944 y 13.552, de 26 de octubre de 1966, tendrán las mismas
atribuciones que los de la Inspección General de Hacienda y de la
Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social, a efectos de
controlar y verificar el estricto cumplimiento de las obligaciones por
parte de las empresas y trabajadores comprendidos en las mencionadas
Cajas.

   De todas las infracciones que comprueben los Inspectores labrarán acta
circunstanciada y el Consejo Directivo aplicará sanciones cuyos montos se
regularán por lo dispuesto por el artículo 12 de la ley N.o 13.837, de 7
de enero de 1970.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

PACHECO ARECO - JORGE SAPELLI
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