Fíjanse las dotaciones de los rubros en lo que se refiere a gastos,
del inciso 18 - Corte Electoral - en las siguientes cantidades a partir del 1° de enero de 1972, en la forma que seguidamente se detalla:
PROGRAMA 18.01
$
Rubro 1 Servicios no personales............... 14:300.000.00
" 2 Materiales y artículos de consumo..... 8:800.000.00
" 3 Maquinarias, equipo y mobiliario...... 2:200.000.00
PROGRAMA 18.02
Rubro 1 Servicios no personales............... 19:800.000.00
" 2 Materiales y artículos de consumo..... 16:500.000.00
" 3 Maquinaria, equipo y mobiliario........ 2:200.000.00