Declárase vigente el artículo 68 de la ley número 13.349, de 29 de julio de 1965, para todas las obligaciones que por la legislación social
e impositiva graven a las empresas periodísticas del interior y a la entidad gremial que las agrupa, o sea, la "Organización de la Prensa del Interior". Se establece que estas exoneraciones comprenden también los aportes patronales al Seiga.
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 110.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112.