SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 405
Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble Padrón en
mayor área N° 1140, manzana 26 (veintiséis) de la ciudad de Canelones, 1ra. Sección Judicial del mismo departamento con frente a la calle José Batlle y Ordoñez (inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Canelones con el N° 6.269 el 16 de noviembre de 1972, solares N° 2 y N° 3, con una superficie de m2 559 dm2 82 con el siguiente deslinde: m 14 de frente al E. a la calle José Batlle y Ordóñez; m 14 de fondo al 0. lindando con el Padrón N° 1.137; m 42 cm 60 al N. lindando con los Padrones Nos. 2.704 y 2.705; y m 42 cm 80 al S. lindando con el
solar N° 1 del mismo plano). Dicho inmueble será destinado a Casa de la
Cultura.
Los recursos necesarios serán de cargo de Rentas Generales.