SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 16 - PODER JUDICIAL DATA
Artículo 502
Incorpórase al presupuesto del Poder Judicial (Inciso 16), el Programa
de Funcionamiento 16.08 - Servicios Periciales en materia Locativa, sin
perjuicio de las funciones legales y demás cometidos del Consejo Honorario, a que se refieren las Leyes Nos. 13.659, de 2 de junio de
1968, 13.738, de 1° de mayo de 1969, 13.835, de 7 de enero de 1970 (Art. 231) y 13.870, de 7 de julio de 1970.