SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS
Artículo 510
Establécese una prima de seguro de salud de $ 3.000 (tres mil pesos)
mensuales para todos los funcionarios del Inciso 17, Tribunal de Cuentas,
ya sea personal presupuestado o contratado que se liquidará conjuntamente
con el sueldo.