NORMAS DE EJECUCION PRESUPUESTAL
Fíjase en U$S 200:000.000 (doscientos millones de dólares) o su equivalente en otras monedas extranjeras, el monto total autorizado por el inciso 2° del artículo 310 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969.