APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. CONVENIO INTERNACIONAL 121 OIT. PRESTACIONES EN CASO DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES




Promulgación: 30/04/1973
Publicación: 09/05/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 1228
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Ratifícase el Convenio Internacional del Trabajo Nº 121, relativo
a las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades 
profesionales, adoptado el 8 de julio de 1964 por la Conferencia General 
de la Organización Internacional del Trabajo, convocada en Ginebra el 17 de junio de 1964. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo reglamentará la aplicación de la presente ley.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.


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