LEY DE AMNISTIA. APROBACION DE LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS LLAMADA PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA. CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE REPATRIACION




Promulgación: 08/03/1985
Publicación: 22/03/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 895
Referencias a toda la norma

CAPITULO I

Artículo 13

  En el mismo plazo de ciento veinte días el Poder Ejecutivo reglamentará
la devolución de las sumas depositadas por concepto de fianzas y las
percibidas por concepto de expensas carcelarias, debidamente actualizadas
por el régimen previsto en el Decreto-Ley 14.500, de 8 de marzo de 1976 y
con cargo a Rentas Generales. El reintegro de dichas sumas deberá
cumplirse en el plazo máximo de un año a contar de la promulgación de esta
ley.  (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 256/985 de 27/06/1985.
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