TITULO IV - DE LOS SECRETARIOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, DE LOS TRIBUNALES DE APELACIONES, DE LOS ACTUARIOS DE LOS JUZGADOS DE TODAS LAS CATEGORIAS, DE LOS SECRETARIOS DE LOS JUECES Y DE LOS ALGUACILES CAPITULO II - DE LOS SECRETARIOS DE LOS JUECES
Artículo 124
Los secretarios de los Jueces son los funcionarios técnicos designados
por la Suprema Corte de Justicia encargados de colaborar con el juez en
el desempeño de las atribuciones jurisdiccionales.