Ley N° 15750
LEY ORGANICA DE LA JUDICATURA Y DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES (LOT)
Promulgación: 24/06/1985
Publicación: 08/07/1985
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1985
- Página: 1420
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
TITULO V - DE LOS ABOGADOS Y PROCURADORES
CAPITULO I - DE LOS ABOGADOS
Artículo 146
Los abogados son responsables ante sus clientes de cualquier daño o
perjuicio que les sea legalmente imputable. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 155.
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