REMATES JUDICIALES - SUBASTAS




Promulgación: 22/07/1985
Publicación: 26/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 73

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 20 de setiembre de 1985 el plazo establecido en el
artículo 1o. de la ley 15.741, de 10 de abril de 1985, modificado por el
artículo 1º de la ley 15.745, de 29 de mayo de 1985.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Esta ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Poder
Ejecutivo.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - ADELA RETA - CARLOS JOSE PIRAN
- ROBERTO VAZQUEZ PLATERO
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