LEY DE FUNCIONARIOS DESTITUIDOS




Promulgación: 28/11/1985
Publicación: 02/12/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1123
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 37

   Las personas comprendidas en el artículo 35 deberán formular sus
solicitudes ante la Comisión Especial dentro de los plazos y en las
condiciones previstos por los artículos 2, 4 y 5.
Referencias al artículo
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