Créase la Corporación Nacional para el Desarrollo, persona jurídica de
Derecho Público no estatal, que se domiciliará en Montevideo y podrá
establecer agencias o sucursales en el interior o exterior del país. (*)
(*)Notas:
Ver: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.