SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 219
Sustitúyese el literal A) del numeral 1) del artículo 42 de la Ley
Orgánica Policial (texto ordenado Decreto Nº 75/972, de 1º de febrero de
1972), por el siguiente:
"A) Oficiales Superiores: Inspector General, Inspector Principal e
Inspector Mayor o Comandante".