SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 06 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 282
Suprímese la unidad ejecutora creada en el artículo 69 del decreto-ley
Nº 14.985, de 28 de diciembre de 1979. Los créditos presupuestales
asignados a la misma, así como sus funcionarios y bienes, pasará a la
unidad ejecutora 001 "Ministerio de Relaciones Exteriores".