SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 475
Increméntanse en el programa 002 "Estudio, Coordinación y Ejecución de
la Política Laboral", el subrubro 06 "Retribuciones Adicionales", en N$
977.000 (novecientos setenta y siete mil nuevos pesos) y el rubro 3
"Servicios no Personales", en N$ 2.372.000 (dos millones trescientos
setenta y dos mil nuevos pesos) para atender los gastos que demanden las
elecciones de los delegados obreros y patronales a los Consejos de
Salarios de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 6º y 7º de la Ley Nº
10.449, de 12 de noviembre de 1943.