Ver vigencia: Código de lo Contencioso Administrativo de 11/09/2024 artículo 210.
Modifícanse los artículos 406 de la ley 13.032, de 7 de diciembre de 1961, y 676 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973, y se fija en treinta días el plazo de noventa días establecidos en dichas normas para la instrucción del asunto.