RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 385

    Prorrógase la vigencia del actual presupuesto que fuera aprobado para
la Dirección  General de la Seguridad Social por el artículo 504 de la ley
15.809, de 8 de abril de 1986, el cual regirá para el Inciso 28, "Banco de
Previsión Social", con las modificaciones que se establecen en los
artículos siguientes.
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