Los sujetos pasivos mencionados en el artículo anterior, computarán las
rentas devengadas en concepto de arrendamientos de inmuebles rurales.
No estarán comprendidos los arrendamientos a que hace referencia el
inciso tercero, del artículo 2º del Título 8 del Texto Ordenado 1987. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Ver en esta norma, artículos:435 y 436.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112,
T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.