RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

TITULO VI - DE LAS RESPONSABILIDADES

Artículo 583

   Cuando se inicie el sumario a contadores que por aplicación del
artículo 553 de esta ley tengan calidades de Contadores Delegados del
Tribunal de Cuentas, el hecho deberá ser comunicado a dicho Tribunal, y
no podrá separarse del cargo al inculpado sin la previa opinión del
mencionado órgano.
Referencias al artículo
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