CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 97
Fíjase en N$ 65:160.000 (nuevos pesos sesenta y cinco millones ciento
sesenta mil), la partida establecida por el artículo 65 del decreto ley
14.985, de 28 de diciembre de 1979, en el Programa 012 "Coordinación del
Comercio Exterior y Asistencia al Exportador", para atender la
contratación de auxiliares administrativos destinados a prestar
servicios en las Oficinas Económico-Comerciales, de la Unidad
Ejecutora 012 "Dirección General de Comercio Exterior". Dicho personal
se contratará en el lugar donde estén acreditados los Asesores Económico
- Comerciales.
El Director de Comercio Exterior podrá autorizar dichas contrataciones,
ante propuesta fundada de los Directores de cada oficina en el exterior.
Esta partida se ajustará de acuerdo a la variación de la cotización del
dólar de los Estados Unidos de América.