HONRAS FUNEBRES. DELMIRA AGUSTINI




Promulgación: 24/11/1988
Publicación: 01/12/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 925

Artículo 1

   Dispónese el traslado al Panteón Nacional de los restos de la poetisa
Delmira Agustini.

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo dispondrá la fecha en que se efectuará el traslado,
así como los homenajes que, en esa oportunidad, se rendirán a la memoria
de la poetisa.

Artículo 3

   En la urna en que se depositarán los restos de Delmira Agustini se
colocará una placa con la siguiente inscripción: "Homenaje de la República
Oriental del Uruguay a Delmira Agustini".

Artículo 4

     Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ADELA RETA
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