MODIFICACION DEL PLAN DE INVERSIONES. EJERCICIO 1988 - 1989




Promulgación: 25/11/1988
Publicación: 13/12/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 930
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 107

  Los organismos estatales deberán proporcionar a la Liga de Defensa
Comercial la información que les requiera para el cumplimiento de sus
cometidos de defensa del crédito, del consumo y de la lealtad y corrección
comercial.
  Lo dispuesto precedentemente no comprende a aquella información que de
acuerdo a normas vigentes, tenga carácter secreto.
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