CAPITULO IX - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 18 - CORTE ELECTORAL
Artículo 141
Unifícanse en el Programa 1.01 "Justicia Electoral" los Programas 1.01
"Justicia Electoral Nacional y Administración General" y 1.02 "Justicia
Electoral Departamental, Inscripción Cívica Regular, Registro Cívico
(Nacional y Departamentales) y Organización del Acto Eleccionario".
A los efectos se sumarán las dotaciones de los rubros correspondientes
a los programas fusionados.