CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 25
Exceptúase, por única vez, del régimen previsto en el artículo 106 del
decreto-ley 15.167 de 6 de agosto de 1981, a la Unidad Ejecutora 080 del
Inciso 03, y a los funcionarios dependientes de la misma que realizaron
horas extras por el período 1983 a 1985, las que se abonarán a valor
actualizado.
El monto de la erogación será atendido por Rentas Afectadas a
Aeropuertos.