CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 69
Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay a enajenar al Estado a
título gratuito, los inmuebles padrón 5167 con frentes a la calle Uruguay
933 y 935 y Río Branco 1521 y 1523, y padrón 5172 con frente a la calle
Uruguay 931 con destino ambos a sede de la Dirección General del Registro
de Estado Civil.