CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE CONSIGNATARIOS DE GANADO - POLITICA AGROPECUARIA




Promulgación: 06/10/1989
Publicación: 24/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 428
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Las operaciones de venta y despacho de ganado con destino a las plantas
de faena serán hechas por las personas físicas o jurídicas propietarias de
los mismos o, en su defecto, por consignatarios de ganado o sus
representantes expresamente autorizados, a los que se exigirá estar
inscriptos en el referido Registro.
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