En todos los establecimientos en que habitualmente exista alojamiento
de carácter colectivo, (hospitales, sanatorios, casas de salud,
internados, cuarteles, establecimientos penitenciarios, colonias de
vacaciones y similares) se controlará la posibilidad de que la persona
internada sea un enfermo celíaco y deberá existir una provisión
permanente de alimentos adecuados para consumo.(*)