DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ENFERMEDAD CELIACA




Promulgación: 26/10/1989
Publicación: 13/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 592
Reglamentada por: Decreto Nº 76/994 de 23/02/1994.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   En todos los establecimientos en que habitualmente exista alojamiento
de carácter colectivo, (hospitales, sanatorios, casas de salud,
internados, cuarteles, establecimientos penitenciarios, colonias de
vacaciones y similares) se controlará la posibilidad de que la persona
internada sea un enfermo celíaco y deberá existir una  provisión
permanente de alimentos adecuados para consumo.(*)
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