Derógase la contribución establecida por el artículo 81 de la ley
13.728 de 17 de diciembre de 1968, en la redacción dada por el artículo 1
de la ley 14.104, de 16 de enero de 1973, a cargo de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones Bancarias, la Caja Notarial de Jubilaciones y
Pensiones y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales
Universitarios. (*)