APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1989




Promulgación: 24/09/1990
Publicación: 17/10/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 277

CAPITULO III - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL

Artículo 51

    Extiéndese la excepción establecida en el inciso 2º del artículo 2º de
la ley 16.053, de 20 de julio de 1989, a aquellos Juzgados en los que la
Suprema Corte de Justicia, por resolución fundada, disponga que actúen
simultáneamente de conformidad con los anteriores y nuevos procedimientos
en primera instancia.
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