SECCION II - FUNCIONARIOS CAPITULO II - ESCALAFONES Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA
Artículo 38
Exceptúase de lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 16.127, de 7
de agosto de 1990, al personal de servicio contratado del último grado
escalafonario afectado a centros de enseñanza de la Administración
Nacional de Educación Pública (ANEP), teniendo en cuenta al personal
actualmente contratado por las Comisiones de Fomento Escolar.