El Poder Ejecutivo podrá establecer pagos a cuenta del impuesto, para
las empresas comprendidas en el literal E) del artículo 5º del Título 4
del Texto Ordenado 1987, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso primero
del artículo 51 del referido Título.
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112,
T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.