SECCION VII - RECURSOS ENTRADAS BRUTAS EMPRESAS DE AERONAVEGACION - DEROGACION
Artículo 648
Derógase el Impuesto a las entradas brutas de las empresas de
aeronavegación provenientes de fletes y encomiendas aéreas contratadas
en el país, creado por el literal c) del artículo 146 de la ley 13.637, de
21 de diciembre de 1967.