Declárase que la ley 16.127, de 7 de agosto de 1990, a los efectos del
ingreso de personal presupuestado o contratado del Poder Ejecutivo, Corte
Electoral, Tribunal de Cuentas, Tribunal de lo Contencioso Administrativo,
Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales,
entró en vigencia diez días después de su publicación en el "Diario
Oficial" (artículo 1º del Código Civil), el 20 de agosto de 1990.