APROBACION DE LA REFINANCIACION DE DEUDAS POR DETERMINADAS EMPRESAS




Promulgación: 05/03/1992
Publicación: 20/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 165
Reglamentada por: Decreto Nº 187/992 de 07/05/1992.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 10

  Los deudores, codeudores, fiadores, garantes en general o avalistas,
contarán con un plazo de cuarenta y cinco días corridos, contados a partir
de la promulgación de la presente ley, para presentarse ante cualesquiera
de los acreedores, quien lo deberá comunicar a los demás. (*)
Referencias al artículo
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