La Dirección General Interventora y Liquidadora del Frigorífico
Nacional (decreto ley 14.810, de 11 de agosto de 1978), queda facultada,
en lo pertinente, para proceder a enajenar los padrones 42.584, 42.585 y
42.586, sitos en la Decimotercera Sección Judicial de Montevideo, y que
integran el patrimonio en liquidación, confiriendo derecho de preferencia
a quienes ostenten la calidad de ocupantes al 31 de octubre de 1990 de las
viviendas edificadas y terrenos adyacentes a dichos predios.