SECCION II - FUNCIONARIOS CAPITULO II - ESCALAFONES Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA
Artículo 16
Al efectuar las racionalizaciones a que refiere el artículo anterior, se
suprimirán automáticamente las vacantes existentes en cargos
presupuestados o contratos de función pública, con excepción de los que
deben llenarse por concurso y de los contratos de función pública
correspondientes a proyectos de funcionamiento e inversión.