SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 08 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Artículo 229
Prohíbese en todo el territorio nacional el tránsito y la disposición
final de residuos radioactivos, provenientes de terceros paises.
Encomiéndase a la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear el contralor de
lo dispuesto precedentemente.