Reglamentada por: Decreto Nº 578/993 de 21/12/1993.
(Reinfestación).- En los predios en los cuales estuviese vigente la interdicción y luego de efectuado el saneamiento, se comprobare la reinfestación por sarna, ovina, se iniciará un nuevo período de interdicción y nuevo saneamiento. (*)Ayuda