Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a conceder un
préstamo al Poder Judicial por la suma de U$S 400.000 (cuatrocientos mil
dólares de los Estados Unidos de América), cuyo destino será financiar los
incrementos correspondientes a los meses de marzo y abril de 1994,
previstos por la Ley Nº 16.471, de 19 de abril de 1994.
LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - ANTONIO MERCADER