FUNCIONARIOS




Promulgación: 19/08/1994
Publicación: 02/09/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 445

Artículo Unico

 Declárase que el artículo 224 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de
1994, que confiere autorización al Banco de Previsión Social para celebrar
con su personal convenios colectivos que incluyan aspectos salariales,
faculta a dicho organismo a efectuar anticipos a cuenta; en caso de no
haber acuerdo con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto los mismos
deberán ser presentados a ratificación del Poder Legislativo en la próxima
instancia presupuestal.

LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY
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