El régimen legal de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias
comprende a:
A) Todos los trabajadores de las empresas, instituciones y entidades
afiliadas, así como los de la propia Caja de Jubilaciones y Pensiones
Bancarias que sean remunerados por su actividad personal en régimen de
subordinación.
B) Los directores y administradores rentados de las empresas,
instituciones y entidades afiliadas. Aquellos que tuvieren servicios
anteriores amparados por otros institutos de seguridad social o fueren
jubilados de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias u otros
organismos podrán optar por la afiliación que prefieran dentro de un
plazo de noventa días a contar desde la vigencia de esta ley o desde
su ingreso si éste se produjera con posterioridad.