ESTADISTICA NACIONAL




Promulgación: 20/10/1994
Publicación: 31/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1333
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - PLAN ESTADISTICO NACIONAL

Artículo 12

    Las Unidades Coordinadoras Sectoriales presentarán ante el Instituto
Nacional de Estadística, antes del 30 de junio de cada año, una memoria
anual conteniendo una evaluación de las actividades estadísticas
realizadas en el año anterior y una propuesta de actividades estadísticas
complementarias para el siguiente año, si correspondiere.
Ayuda