FUNCIONARIOS




Promulgación: 10/11/1994
Publicación: 22/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1442

Artículo Unico

  Declárase que los empleados del Parque de Vacaciones de UTE-ANTEL tienen
la calidad de funcionarios públicos.
  El organismo competente adoptará las medidas necesarias para que los
empleados del Parque de Vacaciones se incorporen presupuestalmente
a UTE.
  A todos los efectos, se les reconocerá como antigüedad en la
Administración Pública la fecha de ingreso al Parque de Vacaciones de
UTE-ANTEL.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 18.563 de 11/09/2009 artículo 1 (interpretativo).

LACALLE HERRERA - SANTIAGO URIOSTE - DANIEL HUGO MARTINS - IGNACIO DE
POSADAS MONTERO
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