Créase el Fondo Nacional de Garantía destinado a garantizar los
créditos que se otorguen a las micro y pequeñas empresas ya existentes o a
aquellas que pretendan establecerse. Podrán afianzarse créditos obtenidos
en el sistema financiero público y privado así como adeudos comerciales
originados en adquisiciones de bienes de capital. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.
Ver en esta norma, artículo:3.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112,
T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 99 - Título 4.