TITULO IX - DE LA MATERIA GRAVADA Y ASIGNACIONES COMPUTABLES CAPITULO I - PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 151
(Principio del debido proceso). La administración tributaria del Banco de Previsión Social, garantizará a los interesados en sus procedimientos
administrativos todos los derechos y garantías del debido proceso, de
conformidad con lo establecido por la Constitución de la República y demás
normas de derecho positivo. (*)
(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s:15/09/1995.
Reglamentado por: Decreto Nº 113/996 de 27/03/1996.