LEY DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 03/09/1995
Publicación: 11/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 298
Referencias a toda la norma

TITULO X - DISPOSICIONES ESPECIALES

Artículo 180

   (Modificación de las Cartas Orgánicas del Banco de la República Oriental del Uruguay y del Banco Hipotecario del Uruguay).

 1) (*)
 2) (Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay). Sustitúyese el
numeral 18 del artículo 18 de la Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay por el siguiente:

 "18) Adquirir, con autorización del Poder Ejecutivo, acciones o partes del capital de instituciones nacionales o extranjeras de carácter
financiero y realizar operaciones comerciales e industriales".

(*)Notas:
Además, este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 9.808 Derogada/o de 02/01/1939 
artículo 27 Numerales 3º) y 5º).
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